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SCJN frena sanción penal a médicas por casos de abortos en Morelos; Congreso local aplaza su discusión

  • Foto del escritor: Identidad Morelos Comunicación
    Identidad Morelos Comunicación
  • hace 19 horas
  • 2 Min. de lectura

La Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó conceder la suspensión definitiva a dos médicas cirujanas y parteras que promovieron un juicio de amparo contra diversos artículos del Código Penal del Estado de Morelos que tipifican el aborto y sancionan al personal de salud que lo practique.


El Alto Tribunal revisó la decisión de un juzgado de distrito que había negado dicha medida cautelar. Las profesionistas argumentaron que la sola vigencia de los artículos 115, fracción I, 116, 117 y 119 las colocaba en riesgo real de ser investigadas y procesadas penalmente si brindaban servicios de interrupción voluntaria del embarazo, lo que limita el ejercicio de su profesión bajo estándares de derechos humanos y afecta la prestación de servicios de salud sexual y reproductiva.


Asimismo, señalaron que la normativa mantiene un mensaje estigmatizante hacia mujeres, personas gestantes y personal médico, además de dificultar el acceso a información, educación sexual y acompañamiento digno.


Al analizar el caso, la Corte concluyó que la negativa del juzgado fue incorrecta, al considerar que las normas penales sobre aborto son de carácter autoaplicativo; es decir, generan efectos desde su entrada en vigor, aun sin que exista una denuncia o proceso penal en curso.


El Pleno del Máximo Tribunal también reconoció que la criminalización del personal de salud produce un efecto inhibidor estructural, al mantener una amenaza constante de sanción penal por intervenir en procedimientos de interrupción del embarazo.


Con base en estos elementos, la Corte determinó que se debió valorar adecuadamente la apariencia del buen derecho, el interés social y la posible afectación a derechos fundamentales. Subrayó que conceder la suspensión no contraviene el orden público, sino que favorece la protección del derecho a decidir, la salud reproductiva y el ejercicio profesional sin criminalización indebida.


No obstante, el Alto Tribunal precisó que esta resolución no implica un pronunciamiento definitivo sobre la constitucionalidad de las normas impugnadas, lo cual será determinado en la sentencia de fondo del juicio de amparo.


En paralelo, el Congreso del Estado de Morelos continúa aplazando la discusión sobre la despenalización del aborto. De acuerdo con algunos medios, el Poder Legislativo promovió una nueva queja contra el juzgado federal que le ha requerido cumplir con una sentencia que ordena la despenalización del aborto, lo que ha derivado en un nuevo retraso para llevar el tema al pleno.


Finalmente, al acreditar un interés legítimo y una afectación actual, la Suprema Corte de Justicia de la Nación revocó la resolución del juez de distrito y ordenó conceder la suspensión definitiva para que las autoridades se abstengan de aplicar dichas disposiciones penales en perjuicio de las médicas, con efectos desde la presentación de la demanda y hasta que se dicte la resolución final del caso.

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